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Noticias AMCHAMDR

¿Qué plantea el nuevo reglamento sobre el Teletrabajo?

¿Cuáles son los primeros pasos que deben dar la empresa? A juicio del experto, está la obligación de formalizar por escrito el acuerdo de teletrabajo y notificarlo ante el Ministerio de Trabajo.

Teletrabajo MedianaDesde la irrupción de la pandemia en el país, varias empresas se vieron en la obligación de adaptarse a la modalidad de trabajo remoto para continuar sus operaciones y mantener el distanciamiento físico. Sin embargo, esta forma de desempeñar las funciones laborales no estaba claramente definida por el Código Laboral. En noviembre pasado el Ministerio de Trabajo emitió la resolución 23/2020 que regula el teletrabajo.

Ernesto Raful, miembro del Comité Legal de la Cámara Americana de Comercio de a República Dominicana (AMCHAMDR), hizo un análisis detallado sobre la resolución durante la última sesión del año del Comité.

“Sea mediante un contrato original o un adendum, le empresa debe registrar ante la Dirección General de Trabajo el convenio con el empleado, que puede ser original (desde el primer momento haber sido contratado para trabajar a distancia) o que se haya hecho un addendum porque la mayoría comenzó a trabajar presencial y por resultados de la crisis pasa a la modalidad de teletrabajo”, indicó.

Raful enfatizó que además formalizar por escrito los acuerdos respecto al trabajo remoto la resolución se hizo con el objetivo de que los trabajadores no sufran violaciones a sus derechos laborales.

“Con esta resolución se busca garantizar que los trabajadores que hagan su trabajo desde sus residencias no sean víctimas de violación a sus derechos laborales, así como establecer su derecho a la privacidad, desconexión digital y a la reversibilidad del acuerdo”, afirmó.

Según lo explicado por el experto, en el convenio se establecerá la descripción de tareas del empleado, si el contrato será temporal o indefinido, el lugar o los lugares desde donde se realizará el trabajo, el salario pactado, los horarios incluyendo los descansos, la unidad organizacional donde será asignado, los datos de contacto de su supervisor y proveerle herramientas para la prestación del servicio.

También se especifica el derecho a la desconexión digital, donde se establece en qué momento el trabajador puede estar online y cuándo puede desconectarse, así como también las condiciones para establecer la reversibilidad de la modalidad de trabajo.

Esto se refiere al derecho del trabajador o empleador de retornar a la condición original, pero condicionado por el mutuo acuerdo entre las partes y en adición a causas particulares: Imposibilidad de que el trabajador pueda continuar las modalidades del teletrabajo o que el empleador determine que existen las condiciones para volver a las instalaciones de la empresa.

De acuerdo con Raful, el plazo para que las empresas registren los contratos venció el 12 de diciembre. Sin embargo, dice que entrará en vigor a partir de los 30 días calendarios.