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¿Cómo las empresas se acogerán al programa FASE?

Cinco días después de que se promulgara el Decreto 135-20 que establecía un toque de queda en todo el territorio nacional, el presidente de la República anunciaba un programa dirigido a los trabajadores y las empresas para contrarrestar los efectos económicos de las medidas tomadas para frenar el avance del COVID-19.

Fase Mediana

Se creó el Fondo de Asistencia Solidaria a Empleados (FASE), un programa con el que se busca apoyar de manera transitoria a los trabajadores formales elegibles con una transferencia monetaria no condicionada, a fin de que tengan los recursos para mantener un consumo básico durante los meses de abril y mayo.


Pueden aplicar a esta facilidad empresas cuyos trabajadores estén cotizando en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y aquellas que han cerrado sus operaciones, debido a las medidas de distanciamiento social ordenadas para evitar la propagación del COVID-19.


A partir del 2 de abril, estas empresas que deseen acogerse al programa deben iniciar con el reporte al Ministerio de Trabajo de los empleados que serán suspendidos o cuyos horarios serán modificados durante el período de emergencia ocasionado por la pandemia del COVID-19.


Entonces, cuando el Ministerio de Trabajo apruebe las solicitudes de suspensión laboral o modificación de horario, dicha institución transferirá al Ministerio de Hacienda la información de cada uno de los trabajadores, incluyendo su número de cédula de identidad y cuenta bancaria, los cuales se utilizarán para el procesamiento de los pagos.


¿Qué garantiza el gobierno?
Aportar RD$5,000 mensuales a cada trabajador registrado en FASE que devenguen un salario menor o igual a ese monto.


Mientras que quienes tengan salarios superiores a los RD$5,000 recibirán un aporte mensual que será cubierto en un 70% por el gobierno y 30% por el empleador. En este caso, el Estado aportará un monto máximo de RD$8,500 mensuales por trabajador.


Estos pagos se realizarán los días 7 y 21 de los meses de abril y mayo directamente en las cuentas de nómina de los trabajadores reportadas por los empleadores.