All for Joomla All for Webmasters

 

Noticias AMCHAMDR

Exoneran del pago del anticipo del ISR al 99.5% de empresas

A partir del 15 de abril, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) exonerará el pago de la cuota del anticipo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a los contribuyentes personas jurídicas o negocios de único dueño.

DGII MedianaLa DGII afirma que la medida, que beneficia a más del 99.5% de las empresas del país que pagaron anticipo el año pasado, se adoptó en base a las facultades que le asigna el Código Tributario en escenarios de fuerza mayor.

Se dijo que forma la decisión parte del conjunto de facilidades dadas a conocer recientemente para ayudar a los contribuyentes a sobrellevar su situación económica frente al impacto del COVID-19.

Ante esta situación solo 300 empresas estarán sujetas al pago del anticipo en el mes de abril, que son aquellas pertenecientes a la Gerencia de Grandes Contribuyentes que están operando total o parcialmente. En este caso, la DGII indicó que pueden optar por la exención total o parcial del pago de la cuota haciendo la solicitud por las vías correspondientes y si sus operaciones se han visto afectadas a causa de la presencia del COVID-19.

Impuestos In­ternos también anunció que, para los contribuyentes que tengan acuerdos de pago vi­gentes, se aplaza por tres meses el pago de las cuotas con fecha de vencimiento en abril, mayo y junio.

“Las circunstancias obligan a la DGII a jugar un rol de facilitador, sin olvidar la misión de recaudar los tributos con los que se sostiene el Estado, adoptando medidas que permitan un alivio financiero a los contribuyentes en esta difícil coyuntura que vive el país”, dice un comunicado.

Las medidas tributarias buscan apoyar a los diferen­tes sectores económicos que han sido impactados por los efectos de la circulación del virus COVID-19 y se inscribe dentro de las prácticas que en esta coyuntura desarro­llan las administraciones tri­butarias del mundo.

Impuestos Internos rei­teró su llamado a los contribuyentes a hacer uso de las plataformas digitales, como medi­da de prevención ante el brote del virus CO­VID-19. Para la gestión de servicios y consultas, utilizar las vías telefó­nicas 809-689-3444, y desde el interior sin car­gos 1-809-200-6060. También, se puede visitar la página web www.dgii.gov.do, y acceder a la Ofi­cina Virtual, disponible las 24 horas. También es­tán disponibles para inte­racción las cuentas oficia­les de redes sociales y Co­munidad de Ayuda.